En pleno arranque del año electoral 2026, uno de los debates más intensos en Colombia gira en torno a la Ley 2494 de 2025, conocida como la Ley de Encuestas. Esta norma, sancionada por el presidente Gustavo Petro en julio de 2025, regula la elaboración, publicación y divulgación de sondeos de opinión política y electoral, con el objetivo declarado de garantizar mayor transparencia, rigor metodológico y vigilancia por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Sin embargo, la ley ha generado una fuerte controversia. Entre sus disposiciones más polémicas se encuentra la prohibición temporal de publicar encuestas que midan intención de voto durante los tres meses previos a la inscripción oficial de candidaturas (para las elecciones presidenciales de 2026, esto implicó un silencio informativo desde noviembre de 2025 hasta finales de enero de 2026). Además, impone requisitos técnicos estrictos, como muestras probabilísticas, inclusión obligatoria de aspirantes con “notoriedad pública significativa” y entrega de bases de datos al CNE para auditorías.
Las principales firmas encuestadoras, como Guarumo, Invamer y otras, han demandado la norma ante la Corte Constitucional, argumentando que vulnera derechos fundamentales: la libertad de expresión, el derecho a la información y la participación democrática. Alegan que las encuestas son una herramienta clave para visibilizar candidaturas, rendir cuentas anticipadas y permitir que los ciudadanos evalúen el debate público. Consideran la restricción temporal desproporcionada y afirman que la ley debió tramitarse como estatutaria por afectar libertades esenciales, no como ordinaria.
Por su parte, el Gobierno Nacional, a través de conceptos presentados en el expediente (estudiado por el magistrado Juan Carlos Cortés), defiende la exequibilidad total de la norma. Insiste en que se trata de una regulación operativa y técnica del proceso electoral, no de una limitación al voto o a la postulación. Argumenta que no genera “orden de gasto” adicional y que optimiza funciones existentes del CNE, promoviendo transparencia en un contexto donde las encuestas pueden influir en percepciones y estrategias políticas.
En las últimas semanas (enero 2026), el pulso se ha intensificado con la llegada de nuevos conceptos y la revisión de pruebas. Firmas como Guarumo han calificado la ley como una “mordaza” que afecta desproporcionadamente la democracia informada, mientras el Ejecutivo busca unificar demandas y salvar la norma en su integridad.
Este enfrentamiento judicial sobrte la libertad para la publicación de encuestas y sondeos electorales es clave para la fortaleza de la democracia en Colombia: de la decisión de la Corte dependerá cómo se divulguen las mediciones de intención de voto en los próximos meses críticos, en un año donde las consultas interpartidistas (marzo) y la primera vuelta presidencial (mayo) definirán el futuro político de Colombia. Y previendo el clima de todas las elecciones futuras, el fallo podría reconfigurar el rol de las encuestas como termómetro democrático o como instrumento regulado con mayor control estatal.
No hay comentarios